La Compensación de horas por COVID-19 se podrá dar a través de dos formas: Trabajo en sobretiempo o vacaciones.
El pasado 1 de diciembre se publicó la Ley Nº 31632 en el diario El Peruano, la cual establece y determina las medidas para la compensación de horas que se dejaron de laborar por licencias con goce de haber.

Este nuevo marco normativo se incorporó a la legislación peruana laboral, permitiendo la compensación de las horas acumuladas de licencia con goce de haber otorgadas durante la emergencia sanitaria Covid- 19, sin afectar los derechos de los trabajadores.
Se trata de la Ley N° 31632, que dispone medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones legales implementadas durante la emergencia sanitaria provocada por el covid-19.
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